miércoles, 13 de marzo de 2013

Indulgencia Plenaria en el Año de la Fe

Con motivo del Año de la Fe, la Penitenciaría Apostólica ha promulgado unas normas para la concesión de Indulgencias en cada Diócesis. Siguiendo estas indicaciones, El Sr. Obispo de Zamora ha  concedido Indulgencia Plenaria a quienes en este Año:

- Participen en al menos tres momentos de predicación sobre las Sagradas Misiones o, al menos, tres lecciones sobre los documentos del Concilio Vaticano II y sobre artículos del Catecismo de la Iglesia Católica.

- Cada vez que participen en la S.I. Catedral en las celebraciones presididas por el Sr. Obispo, o hayan venido hasta la misma en peregrinación con motivo del Año de la Fe.

- Participen en la peregrinación diocesana a Roma (mayo) o a Lourdes (julio).

- Participen en la peregrinación, acompañada de la celebración de la Eucaristía, una celebración litúrgica o un ejercicio piadoso en los que se haga profesión de fe, en los siguientes templos de la Diócesis: Santuario de la Virgen de la Salud de Alcañices, iglesia parroquial de la Inmaculada Concepción de Villalpando, ermita de la Virgen del Templo de Pajares de la Lampreana, ermita de Nuestra Señora de Gracia de Villamor de Cadozos, ermita de Nuestra Señora del Canto de Toro, iglesia parroquial de San Juan Bautista (Virgen del Viso) de Bamba, y S. I. Catedral de Zamora.

- Participen en las vigilias de oración sobre el Credo que se celebran en la iglesia del Monasterio de Santa Clara de Zamora.

- En todas las parroquias, los participantes en la Eucaristía los siguientes días: Miércoles de Ceniza (13 de febrero), Domingo de Pascua  de Resurrección (31 de marzo), Vigilia y Domingo de Pentecostés (18 y 19 de mayo), Solemnidad de la Santísima Trinidad (26 de mayo), Solemnidad del Corpus Christi (2 de junio) y Solemnidad de Cristo Rey (24 de noviembre).

- Asistiendo a la Eucaristía en el día de la fiesta de su titular en todas las iglesias parroquiales, rectorales y de los monasterios de clausura.

- Asistiendo a las catequesis cuaresmales y celebración penitencial presididas por el Sr. Obispo.

- Con la lectura y reflexión de la Carta Pastoral del Sr. Obispo "Creyentes y testigos alegres", con motivo del Año de la Fe.

- Participando en los encuentros diocesanos de adolescentes (2 de marzo) y jóvenes (13 de abril).

- Visitando el baptisterio donde recibieron el bautismo, renovando las promesas bautismales y haciendo profesión de fe.

- Los fieles que no puedan participar en ninguna de estas celebraciones, si se unen espiritualmente a los que lo hacen, realizando la profesión de fe además de rezar el Padrenuestro.

Las condiciones para esta indulgencia son las habituales: verdadero arrepentimiento, confesión sacramental y comunión al menos en los siete días anteriores o posteriores, oración por las intenciones del Papa.